Se creó hace un año para estimular la formalización de personas y empresas. Tiene 25.010 inscritos.
Con apenas un año de creado, el régimen simple de tributación (RST) completó los 25.010 inscritos, con corte a 31 de diciembre.
Julio Lamprea, asesor de la Dirección de Ingresos de la Dian, responsable de la implementación del RST, señaló que el 2020 fue un año de implementación del nuevo régimen, creado por la Ley 2010 de 2019.
Aun así no solo superó los 25.000 inscritos, sino que recaudó 393.575 millones de pesos: 72.789 millones de pesos en 2019, bajo la vigencia de la Ley de Financiamiento, y 320.786 millones de pesos durante 2020.
Contrasta con los alcances del monotributo, un impuesto que también buscaba formalizar y bancarizar a pequeños negocios: “Solo tuvo 99 inscritos y el recaudo apenas llegó a los 6,6 millones de pesos”, explica Lamprea.
El RST es un sistema de pago de impuestos que busca disminuir las cargas formales de los contribuyentes, para impulsar su formalización y facilitarles el cumplimiento de obligaciones tributarias.
Permite a personas o empresas pagar, de manera integrada y a través de plataformas digitales, siete impuestos: cuatro nacionales (renta, IVA, impuesto nacional al consumo por expendio de alimentos y bebidas, en caso de tener un bar o un restaurante, y ganancia ocasional) y tres municipales (ICA, avisos y tableros y sobretasa bomberil).
Quienes opten por este régimen ya no tienen, por ejemplo, que ir hasta los municipios donde generan ingresos con su actividad para pagar ICA y avisos y tableros.
“Electrónicamente pueden presentar la declaración, no solo de los tributos nacionales sino también los de cualquier municipio, lo que reduce las cargas formales y sustanciales de los contribuyentes y les facilita el cumplimiento de sus obligaciones”, explica Lamprea.
Quienes opten por este régimen ya no tienen, por ejemplo, que ir hasta los municipios donde generan ingresos con su actividad para pagar ICA y avisos y tableros.
“Electrónicamente pueden presentar la declaración, no solo de los tributos nacionales sino también los de cualquier municipio, lo que reduce las cargas formales y sustanciales de los contribuyentes y les facilita el cumplimiento de sus obligaciones”, explica Lamprea.
Entre otros beneficios se cuenta, por ejemplo, que las tarifas de este régimen están entre el 1,8 y el 14,5 por ciento, dependiendo de los ingresos brutos y la actividad empresarial.
Además, los aportes que hagan los empresarios a las pensiones de sus trabajadores se descuentan del impuesto o anticipo a pagar del RST; también mejoran su flujo de caja, ya que no están sujetos a retenciones en la fuente a título de renta ni de ICA.
Quienes pueden optar
Pueden inscribirse en este régimen las personas naturales que desarrollen una empresa o profesionales liberales que desarrollen una actividad económica con sus propios bienes (médicos, arquitectos, odontólogos, abogados).
Así mismo, las personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos accionistas sean personas naturales residentes en Colombia. En todo caso, sus ingresos del año anterior no pueden superar los 2.848 millones de pesos.
En este régimen tiene cabida buena parte del tejido empresarial, pues, según el informe semanal de Anif, las mipymes representan el 99 por ciento del empresariado nacional.
Cabe recordar que el 31 de este mes vence el plazo para que los contribuyentes inscritos en el RUT opten por el RST. Se espera que en este gobierno el número de inscritos llegue a los 100.000.
‘Son beneficios grandes para el sector empresarial’: Acopi
Rosmery Quintero, presidenta de la Asociación Colombiana de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Acopi), sostiene que desde un inicio este gremio estuvo de acuerdo con el RST, “incluso existen modelos similares en México y Brasil, como el Sebrae, que aporta procesos más sencillos de tributación, a los que se puede acceder virtualmente y que también brindan acompañamiento”, explicó.
Dentro de las bondades, Quintero destacó la disminución de costos operativos para los empresarios, pues “permite presentar un solo formulario que recoge siete impuestos, en un solo trámite. A eso se suma la reducción de costos transaccionales y las tarifas que parten del 1,8 por ciento. También tiene beneficios laborales, porque se pueden hacer descuentos por los aportes a pensiones; además, a las empresas que se acogen a este régimen, los clientes no pueden retenerles renta o ICA. Son beneficios grandes para el sector empresarial”.
Tras señalar que es muy importante que los equipos contables o financieros de las empresas analicen con cuidado la conveniencia o no de acogerse al RST, agregó que este gremio, dentro de la propuesta de mejora normativa, sugerirá, teniendo en cuenta el alto grado de informalidad laboral y empresarial, “complementar este régimen con una política de desarrollo empresarial; son muy importantes varios elementos que contempla la ley de emprendimiento. Si este régimen sigue adaptándose a los sectores de trabajadores informales e independientes, podemos tener un país mucho más formal en el mediano plazo”, afirmó.